1. La presencia en el centro de trabajo de los capital preventivos, cualquiera que sea la modalidad de ordenamiento de dichos capital, será necesaria en los siguientes casos: b) El Decreto de 26 de julio de 1957, por el que se fijan los trabajos prohibidos a mujeres y menores, en https://bookmarkusers.com/story19104520/la-gu%C3%ADa-m%C3%A1s-grande-para-gesti%C3%B3n-de-riesgos